Y a que no se les someta a ningún tipo de tortura ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Ninguna persona o autoridad, en el ámbito familiar, laboral, escolar y de salud, comunitario e institucional, puede ejercer ningún tipo de violencia, incluyendo la sexual, física, psicológica, patrimonial, económica, ni ninguna acción que tenga como finalidad lesionar o dañar su vida, dignidad, integridad y/o libertad.
Ante la violencia sexual, es obligación del Estado proveer asesoría legal e información y atención médica y psicológica oportuna que incluya tratamiento o profilaxis post exposición para VIH (Virus de Inmunodeficiencia humana) y otras ITS (Infecciones de Transmisión Sexual), anticoncepción de emergencia y aborto legal y seguro, así como acceso a la justicia y reparación del daño.
El Estado debe garantizar espacios y servicios públicos, incluyendo los escolares y los de salud, libres de todos los tipos de violencia.